Principales novedades impuestas por el C.E.P.D.
Las principales novedades impuestas por el Comité se refieren a la validez de prestar el consentimiento.
Se considera que la opción “seguir navegando” no constituye una forma válida de prestar el consentimiento, en la medida en que tales acciones pueden ser difíciles de distinguir de otras actividades o interacciones del usuario, por lo que no sería posible entender que el consentimiento es inequívoco.
Respecto a los “muros de cookies”, el Comité ha precisado que, para que el consentimiento pueda considerarse otorgado libremente, el acceso al servicio y a sus funcionalidades no debe estar condicionado a que el usuario consienta el uso de cookies.
No podrán utilizarse los denominados “muros de cookies” que no ofrezcan una alternativa al consentimiento.
El plazo máximo para implementar estos nuevos criterios finaliza el 31 de octubre de 2020.
La Agencia Española de Protección de Datos ha actualizado su Guía sobre el uso de cookies, puedes descargarla aquí para su consulta.
C.E. Puime y Alonso ha elaborado un manual práctico para ayudar a empresas y profesionales donde se especifican las novedades y obligaciones que tienen que cumplir.
Puedes descargarlo en este enlace.
Fuente: Agencia Española de Protección de Datos